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Categoría: Laboral

SEPE. Requisitos necesarios para acceder al subsidio de agotamiento de prestación contributiva

Le informamos que mediante un comunicado en su web del pasado 20 de abril de 2021, el SEPE ha informado sobre los requisitos necesarios para acceder al subsidio de agotamiento de prestación contributiva de desempleo. Para poder acceder al subsidio el prestacionista ha de cumplir con los siguientes requisitos: Ser mayor de 45 años Estar inscrito como demandante de empleo. Carecer de rentas superiores al 75% del SMI. Haber realizado el mes de espera como demandante de empleo. Tener cumplidos los 45 años en la fecha de agotamiento. Puede ampliar

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Nueva herramienta de igualdad retributiva «IR!»

Le informamos que se ha publicado la nueva Herramienta española para la igualdad retributiva («IR!») que incorpora un modelo voluntario de registro retributivo que permite a las empresas cumplir con la obligación de acuerdo con las exigencias previstas en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres y en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores. Conforme a lo dispuesto en el artículo 5.5 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, el documento en el que conste el registro podrá tener el formato establecido en las páginas web oficiales del Ministerio de Trabajo y Economía Social

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Criterios para asignación de ayudas directas a autónomos y empresas por la COVID-19.

Hasta el 31 de diciembre de 2021 podrá solicitar ayudas directas para su negocio. ¿Tiene derecho a ellas? ¿Qué requisitos debe cumplir? ¿Cuánto dinero le va a entregar? ¿Puede solicitarlas en todas las Comunidades autónomas en las que opere? ¿Y si pertenece a un grupo de sociedades o a una comunidad de bienes? Le informamos que en el BOE del día 14 de abril se ha publicado la Orden HAC/348/2021, de 12 de abril, por la que se concretan los criterios para asignación de ayudas directas a autónomos y empresas

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Los autónomos tienen hasta el 30 de abril para renunciar al cese de actividad si no cumplen los requisitos.

Le informamos que los autónomos tienen hasta el próximo 30 de abril para renunciar al cese de actividad si ven que no cumplen con los requisitos, para evitar así devolver todo lo que cobraron desde el pasado mes de enero. La prestación que aprobó el Gobierno en febrero, al igual que las anteriores, permite a los trabajadores por cuenta propia acceder a ella sin necesidad de justificar que cumplen las condiciones de facturación o rendimientos netos exigidos ante su mutua. Todo ello en base a las previsiones económicas que hizo

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Publicada la Orden para la distribución entre las CCAA de las ayudas directas a autónomos y empresas por la COVID-19.

Como ya le hemos informado en su día, en el en el BOE del día 13 de marzo, se publicó un nuevo Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, que entró en vigor con carácter general el mismo día 13 de marzo de 2021, que entre otras medidas, se crea una nueva Línea Covid de ayudas directas  (7.000 millones de euros: 5.000 para todas las comunidades autónomas, salvo Baleares y Canarias, y para las Ciudades de Ceuta y Melilla, y 2.000 para Baleares y Canarias) para empresas y autónomos. Pues bien, ahora en el BOE

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