La DGT aclara la tributación de las ayudas extraordinarias al cese de actividad de los autónomos por COVID-19
La Dirección General de Tributos (DGT) aclara que las ayudas al cese de actividad de los autónomos tributarán como rendimientos del trabajo en el IRPF. Una pregunta recurrente a lo largo de este último año ha sido cómo han de declararse las ayudas recibidas por empresas y autónomos para paliar los efectos económicos negativos derivados de las medidas tomadas para minimizar los efectos del COVID-19. En muchos de estos casos las ayudas iban destinadas específicamente a autónomos y, en particular, a aquellos cuyo sector de actividad se encontraba relacionado con la hostelería